viernes, 23 de noviembre de 2012

LA LEY DE TASAS JUDICIALES ANTE LOS ABUSOS DE AUTORIDAD: LEY ANTIBOTELLON


La aprobación de la nueva Ley de Tasas Judiciales, Ley 10/2012, supondrá en general una limitación del acceso a la justicia y en muchas ocasiones será más caro recurrir una actuación administrativa que el importe de la sanción misma, pues en estos casos la tasa mínima de la vía Contencioso-Administrativa es de 200 Euros. En reclamaciones monitorias, contra deudores muy frecuentes en estos tiempos de crisis  100 Euros, en reclamaciones de de trabajadores en la vía de lo social, por impago de salarios, despidos etc. mínimo 300 Euros, y así un sin fin de circunstancias en primera instancia. Esta Ley dará para muchos comentarios y supone una barrera disuasoria para recurrir a los tribunales ante múltiples situaciones cotidianas, que dejarán indefensos a muchos ciudadanos, ante determinados atropellos y vulneración de sus legítimos derechos.

En estas líneas analizaremos el impacto de esta ley de tasas con un ejemplo práctico y real, muy frecuente en nuestras ciudades, y concretamente conozco numerosos casos en Sevilla,  donde la aplicación que realiza el Ayuntamiento de Sevilla, entre otros, de la llamada ley antibotellón, que vaya bodrio de ley, aprobada en 2006, Ley 7/2006, por el gobierno socialista y aplicada ahora con saña recaudatoria por algunos ayuntamientos ante la sequía de las arcas municipales, se convierten en aliados perfectos para recaudar con total impunidad y nocturnidad.

La Ley antibotellón, Ley 7/2006, de 24 de octubre, prohíbe en su artículo 8.1 “permanecer y concentrase en unión de personas consumiendo bebidas fuera de zonas que el ayuntamiento haya establecido como permitidas”, tipificándose dicha falta como leve y proponiendo una sanción económica de 100 Euros en la mayoría de los casos, aunque esta puede llegar hasta los 300 Euros. Por aplicación de esta Ley podía sancionarse a todo grupo de personas que circulen por las calles de Sevilla  y que pudieran estar consumiendo incluso agua o refrescos,  turistas, familias etc. muy habitual en la ciudad de Sevilla
Que suele ocurrir cuando llega la Policía Local y te pide que te identifiques, estando en una reunión circunstancial de personas, en un espacio publico y que su particular juicio y/o siguiendo instrucciones del Ayuntamiento  interprete esa reunión como una infracción a esta ley, pues que tras identificarte te entrega un parte de denuncia  con  copia  literal del artículo 8.1 de la Ley 7/2006 sin especificar la o las bebidas  que   presuntamente se están consumiendo y sin que se identifique el numero de personas  te acompañan ni su identificación. 

¿Puede negarse un ciudadano sea cual sea su edad a identificarse? ¿Que se puede hacer ante la conminación de los agentes de la autoridad a identificarme? sino cumplir con dicha orden o incurrir en desacato aunque no se este consumiendo ningún tipo de bebida, o consumiendo cualquier tipo de bebidas como agua, refrescos etc.,  o sin realizar actos molestos para la convivencia, pues esto  está ocurriendo en Sevilla, y  aunque se ponga de manifiesto a los agentes que no se está realizando nada ilícito  te  obligan a identificarte, por estar  allí reunido.

Estas actuaciones policiales, se están produciendo, vulnerando  los artículos 19 como el 21 de la Constitución, y cuya salvaguarda corresponde a los poderes públicos según establece su artículo 53, pues al no tratarse de una manifestación organizada sino de una momentánea coincidencia de personas, no se requiere autorización administrativa previa, y es tan frecuente y habitual como las reuniones que se forman de manera espontánea a la entrada de un espectáculo, entrada o salida de una iglesia, una boda o cualquier otro evento público o privado.

El artículo 8.1 de la ley 7/2006 establece que serán infracciones leves: La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de las zonas del término municipal que el Ayuntamiento haya establecido como permitidas”,  esta norma exige la concurrencia de dos supuestos: la permanecía de personas y el consumo de bebidas o actividades que pongan en peligro la convivencia, por lo que estar o circular en un espacio publico en compañía de otras persona, por si mismo no constituye una infracción a la precitada ley y se trata de un supuesto de amparo constitucional.
Así el artículo 1 de la ley 7/2006  establece: que la Ley tiene por objeto la ordenación de potestades administrativas relacionadas con el desarrollo de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, al objeto de garantizar el normal desenvolvimiento de la convivencia ciudadana y corregir actividades incívicas incompatibles con la normal utilización de los espacios abiertos de los núcleos urbanos. Estableciéndose   a tales efectos de esta Ley, que se entiende por actividad de ocio toda distracción que consista en la permanencia y concentración de personas en espacios abiertos del término municipal, que se reúnan para mantener relaciones sociales entre ellas, mediante el consumo de bebidas de cualquier tipo, y se entenderá, a efectos de esta Ley, por espacio abierto toda vía pública, zona o área al aire libre del correspondiente término municipal de dominio público o patrimonial de las Administraciones Públicas.

Con el argumento de esta ley, si tienes la desgracia de una noche cualquiera estar detenido en amena charla con unos amigos y pasa una patrulla de la Policía Local de Sevilla y te hacen identificarte es muy probable que te propongan amablemente una sanción al amparo de la ley 7/2006, aunque el expediente se encuentre carente de cualquier elemento probatorio, sin identificar la bebida que presuntamente se esta consumiendo, sin concretar los hechos denunciados al pegar literalmente el texto del artículo infringido,  cosa que esta ocurriendo en Sevilla con multitud de jóvenes y no tan jóvenes,  y que en el caso mínimo asciende a 100 euros, estamos jodidos si tienes la desgracia de que te ocurra, vulnerando además el principio de presunción de inocencia y lo establecido en el  Artículo 137.1 de la Ley de de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre “los procedimientos sancionadores respetarán la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario”.

Estas denuncias suelen, muy frecuentes en la noche sevillana, al igual que algunas otras ciudades, y  sus notificaciones suelen ser  un escrito genérico que no contiene los requisitos esenciales que deben reunir los expedientes y notificaciones sancionadores, y que conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, no identifican de forma adecuada al presunto infractor, ni ponen de manifiesto los hechos, sino que se trata de un totum revolutum donde se notifica de forma inespecífica el inicio del expediente, se propone una resolución definitiva, sin que figuren los extremos de identificación necesarios, los hechos presuntamente cometidos y la sanción que puede corresponder, pero dejando claro que adquiere firmeza en caso de no presentar alegaciones en el palazo de quince días, y si se indican las formas de pago, sin relación ninguna con el expediente de que se trata, ni establecer los recursos que caben contra la resolución en caso de que esta adquiera firmeza. Además en el reverso, se limita a identificar al interesado, la normativa aplicable, carente de la motivación necesaria, y se impone una sanción económica, y sus plazos de ingreso,  careciendo absolutamente de las formas, garantías y contenidos establecidos en los artículos 53,54 y 55  de la Ley 30/1992.

Estas  notificaciones, que según el  Artículo 58 de la le 30/1992 deberán contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente,  preceptos que en ningún caso respetan los  escritos que remite el Ayuntamiento de Sevilla.

Si tras presentar las alegaciones oportunas estas resultan desestimadas cosa alto probable,  se producirá y notificará la  Resolución definitiva, y contra la que caben los recursos en vía administrativa, de los que normalmente también se recibirán una negativa sistemática, no quedado nada mas  que acudir a la reclamación Contencioso Administrativa, previo pago de la sanción 100 Euros mínimo y las tasas correspondiente a la nueva ley 10/2012, otros 200 euros de ala como ocurrirá a partir de ahora.
No en vano el Ayuntamiento de Sevilla, lleva recaudado en diez meses casi 19 millones de Euros en multas, mas que en todo el año anterior completo, y pretende alcanzar los 25 Millones en el año, de los cuales mas de 600.000 Euros son por infracciones o supuestas infracciones de la botellón, y a partir de ahora se convertirá en combinado perfecto con la Ley de tasas Gallardón. No quiero ni pensar cuando al iluminado recaudador sevillano se le ocurra pasar  cualquier medio día o noche por la Plaza de Salvador de los fines de semanas, y observe la concentración de personas bebiendo cerveza, y las vea como potenciales billetes de 100 Euros a recaudar.

En definitiva y como consecuencia de la ley Gallardón, la hasta ahora lenta vía de lo Contencioso Administrativo, va a experimentar una descongestión pero no por su agilización, sino por mor de las nuevas tasas, si esta ya era lenta  y a la que con frecuencia abocaban a los particulares las distintas administraciones a sabiendas que muchos de los posibles recurrentes no la emprenderían por su lentitud, y su coste en defensa, siendo esta actitud irresponsable de las administraciones la principal causa de su lentitud, pero a partir de ahora se disuade aun mas al posible recurrente con el coste de la tasa para recursos de cualquier cuantía.

Que será del precepto constitucional de tutela efectiva ante los tribunales de los intereses legítimos de los ciudadanos, y su defensa, cuando la cuantía no compensa el pago del coste de la tasa. La justicia no ha sido nunca gratuita, hay unos costes de asistencia jurídica y el resto, los tribunales,  los pagamos de nuestros impuestos y ahora que estos son más altos, se imponen además unas tasas que imposibilitan o hacen que no merezca la pena pagar su coste en muchas ocasiones, aun cuando se produzca un atropello injusto de tus derechos, como hemos comentado. Cabe preguntarse si se están usando de forma torticera las leyes para recaudar y ahora doblemente: los ayuntamientos y el estado por la administración de justicia.

Efectivamente Sr. Gallardón, hay con razón una fuerte contestación a su ley, tanto ciudadana como  judicial y hasta por  algunos miembros de su partido, y todavía no se ha puesto nombre al engendro de Gallardón, aunque esto no son tasas son un “tazón” que rima  con butrón, tirón (cosas de mangazo) y también con botellón,  pero con lo que no casa, aunque rime,  es con la Constitución, Sr. Gallardón  no, no lleva la razón.

Antonio Urbano Mármol
Economista

martes, 13 de noviembre de 2012

SOBRE LA HUELGA DEL 14 N, SUS RAZONES Y UTILIDAD


Posiblemente la situación de la economía española y la fuerte crisis económica en que se encuentra sumido nuestro país, desde hace varios años, y que comenzó con el anterior gobierno del PSOE, el cual no solo no adoptó medidas suficientes y a tiempo, si no que comenzó por negar la existencia de la misma, justifiquen el enfado y desesperación de los ciudadanos hoy día, y que estos puedan expresar su descontento mediante una huelga general, como la que se ha planteado para el 14 de noviembre.

Desde la instauración de la democracia, España habrá vivido 8 huelgas generales, aunque una de ellas Light, como la de enero de 2011. El gobierno de Felipe González, sufrió cuatros huelgas generales en 1985 , 1988, 1992 y 2002 estas no fueron mayoritarias en su seguimiento aunque sus efectos se hicieron notar. La quinta huelga general se produjo en 2002, contra la política del gobierno de Aznar, muy apoyada por los sindicatos y por el PSOE, allí donde gobernaba, en  algunas CCAA como Andalucía no se descontó el sueldo a los funcionarios que la secundaron, no se si de forma generalizada, pero me consta que el Servicio Andaluz de Salud, no lo aplicó (por aquella época la plantilla del SAS alcanzaba los 75.000 empleados).

Zapatero, ya en plena crisis con desplome del empleo y más de 4 Millones de parados, con un importante déficit y el comienzo de los recortes sociales y salariales, principalmente a los empleados públicos, recibió otra huelga general en septiembre de 2010, por su esbozo de reforma laboral, revisión de la edad de jubilación y congelación de las pensiones. Posteriormente y de forma testimonial y light en enero de 2011, recibió otro amago de huelga aunque en este caso no secundad a por los sindicatos mayoritarios, ni alentadas por partidos de la oposición, ni en  todas las CCAA.

Con la huelga del 14 de noviembre de 2012, será la segunda que sufra el gobierno de Rajoy, después de la registrada el 29 de marzo de este mismo año, y en casi en menos de un año desde que se celebraran las elecciones generales del 20 de noviembre de 2011, donde el PP obtuvo mayoría absoluta, nunca fueron tan seguidas en tan corto espacio de tiempo, con lo que Rajoy se lleva la medalla de plata, y medalla de oro en cuanto a rapidez con la se le ha contestado a su política, aunque en palabras de Felipe Gonzalez, cualquier gobernante que se precie debe sufrir una o varios huelgas generales.

Por la experiencia vivida en todas las huelgas generales, ninguna de ellas ha servido para cambiar la línea de acción del partido y gobierno del momento. Aunque si para expresar el descontento popular/sindical o político, con las medidas del gobierno de turno, pero poco más.

Esta huelga general se plantea, ante unas circunstancias sociales graves, el paro ha seguido creciendo, las políticas de ajuste aplicadas por el gobierno han hecho mella sobre determinadas partidas de gastos sociales, incluidas las millonarias subvenciones a sindicatos, la segunda reforma laboral acometida en poco más de 2 años. Se explica por parte de sindicatos y partidos políticos (IU en mayor medida, aunque también el PSOE) ante el descontento social consecuencia de la crisis y las medidas de recorte aplicadas por el gobierno del PP, pero quizás el escenario político dibujado tras las pasadas elecciones autonómicas y generales han pintado los gobiernos de casi todas las CCAA de azul, al igual que los principales ayuntamientos de las principales capitales. Se ha dicho por parte de algunos que cuando la izquierda pierde el poder trata de ganar la calle y quizás, esta afirmación, no esté exenta de razón.

La situación es algo mas grave que la que dejo Zapatero, pues la herencia recibida no ha dejado margen de actuación sino para aplicar fuertes recortes y reducir el fuerte déficit publico, que dejo el gobierno anterior, que no solo no actuó si no que de alguna forma, como la orquesta del Titanic, siguió canturreando su “soniquete de brotes verdes a la vista”, y no adoptó medidas rotundas para actuar los efectos, sin embargo los principales sindicatos ahora convocantes asistieron de forma casi pasiva a este deterioro de la situación, actitud muy diferentes a la que están  teniendo ahora, ante la política que el PP tiene que abordar nos guste o no, ellos afirman que tampoco son de su agrado, ni siquiera estaban en su guión. No obstante a diferencia de la ultima legislatura de Rodriguez zapatero, el PP alcanzo una holgada mayoría absoluta, con votos propios y prestados, otorgados por los españoles en la confianza del cambio, pero estos no esperaban este papelón, y pensaban ingenuamente que con su sola llegada, la economía iba a recuperar confianza, pero ¿podemos achacarle a este  partido la culpa de la situación? o solo no nos gustan los ajustes o la orientación de los mismos.

Es legitimo que sindicatos y plataformas ciudadanas manifiesten su descontento con las políticas de ajuste, en gran parte impuestas por nuestro entorno Europeo, de donde no hay que olvidar que hemos recibido abundantes fondos para el desarrollo y el reequilibrio entre los países de la Unión, y que en los años de bonanza han sido gastados en cuantiosas y costosas obras públicas, en algunos casos infructuosas, y en reparto de subvenciones multimillonarias a quien correspondía y no, sindicatos, organizaciones empresariales, ONG´s, partidos políticos etc., que ahora ven como se cierra el grifo, y en muchos casos se ven abocados  a despidos de sus empleados, en esas generosas estructuras creadas a  golpe de subvención. Sindicatos que plantean como una de sus razones para la huelga, la reforma laboral, pero que la aplican escrupulosamente en el despido de sus trabajadores.

Efectivamente la Constitución Española en su artículo 28.2., reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. También texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores en su artículo 4, reconoce como uno derechos  laborales básicos,  el derecho a la  Huelga, y mas específicamente regulado en el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo.

Parece lógico que estos sean derechos de los trabajadores, pero ¿lo son de los políticos?, y lo son de aquellos que ostentan cargos públicos allí donde gobiernan, pues no parece que tenga mucho sentido en cuanto no son trabajadores sino parte del estado, y su sueldo no lo perciben en función de su asistencia al puesto de trabajo si no en razón del cargo, resulta inaudito como en Andalucía miembros del Gobierno y Parlamento se sumen o promuevan la huelga.

Durante el día de huelga las empresas deben aplicar la disminución proporcional de haberes y complementos, así como están exentas de cotizar a la Seguridad Social, por estos trabajadores, pero hacen huelga en este estricto sentido los cargos políticos y miembros de los partidos a sueldo de estos que las promueven, y a los miembros de las estructuras sindicales o liberados, también se le deduce el día de huelga?

Entre los motivos para la huelga, he encontrado al menos dos que la relacionan con los recortes y ajustes a los funcionarios, resulta curioso cuando los principales sindicatos de funcionarios no secundaran la huelga y que estos sindicatos no han estado en la defensa de los empleados públicos en ningún momento, desde que estas empezaron en 2010 con Zapatero. Se achacan y confunde la congelación de las pensiones aplicadas por Zapatero, con las políticas aplicadas por Rajoy.

Otra gran batería de razones tiene que ver con la subida del IVA, no es la única vez que se ha subido el IVA, y además se hace, tanto por motivos de generar ingresos para poder afrontar los gastos públicos, como por la equiparación al resto de los países Europeos. Otros aspectos no hacen mas que poner de manifiesto los recortes de gasto publico, antes repartidos generosamente y quizas hasta irresponsablemente, sin tener en cuenta la escasez de recursos de donde se nutrían, pero donde no importaba generar déficit publico, lo que hipoteca de manera extrema las cuentas publicas para el futuro, y el recelo de nuestros socios europeos, de hecho una de las partidas mas significativas unitariamente en los PGE 2013 son los cuantiosos intereses de la deuda publica.

Tendremos que estar preparados para nuevos ajustes, como el redimensionamiento de las abundantes y duplicadas administraciones publicas, y deberían eliminase determinadas prebendas de los cargos políticos, incluso suprimir órganos inútiles como el Senado o muchos órganos duplicados en ayuntamientos, diputaciones y CCAA, sin embargo estos no se encuentran entre los argumentos y razones de la huelga.

Hay un clima social ciertamente dolorido por la crisis,  muchos afectados por el cierre de empresas, muchas familias no cuentan con ningún tipo de ingreso, muchos afectados por el pinchazo de la burbuja inmobiliaria, que tan pingues beneficios otorgó a promotoras, constructoras, trabajadores varios, empresas auxiliares, entidades financieras y ayuntamientos de toda índole.  Fueron muchas las voces que advirtieron del riesgo que tenia el sector de la construcción, pero nadie se atrevió a enfriarlo, incluso se le llamó el milagro español y ahora estamos sufriendo  las consecuencias de ello, con la crisis del modelo hipotecario, con una legislación que siempre fue la misma desde su aparición a finales del siglo XIX, y que ahora está mostrando sus cara mas cruda con casi 400.000 ejecuciones desde el inicio de la crisis.

Ejerzamos nuestro derecho a quejarnos, pero de poco mas servirá esta  huelga  general, además de  generar mas  perdidas en la maltrecha economía, acaso ¿servirá para modificar las políticas? ¿ hay otras políticas posibles cuando la orientación de casi toda Europa es de corte liberal? ¿ y en caso de no serlo, cuando las arcas publicas están vacías, es posible hacer otra política económica que no se base en la austeridad?

Quejémonos, hay motivos y si no se buscan, estamos en nuestro derecho, la crisis siempre golpea a los mas débiles, concepto que ha alcanzado nuevas dimensiones en esta crisis, pero ¿fue alguna crisis de otra forma? podemos culpar al gobierno de hasta la muerte de Manolete, pero sinceramente en mi modesta opinión auguro escasos resultados a la protesta.

Antonio Urbano Mármol

miércoles, 7 de noviembre de 2012

NEGRO SOBRE BLANCO


Hoy es un día que ha triunfado el negro sobre el blanco,  y no me refiero a la victoria de Obama sobre Romney, que también. Ha visto la luz después de un tortuoso periodo de estudio, el fallo del Ese-Lentísimo Tribunal Constitucional, sobre la constitucionalidad del matrimonio entre personas de mismo sexo, interpuesto hace siete largos años por el Partido Popular, que ha puesto en negro sobre blanco la plena legalidad de estas nuevas parejas o matrimonios, ya era hora Ese-Lentísimos Sres. Magistrados o miembros del TC, o quizás lentísimos a secas.

Se ha puesto en negro sobre blanco por parte de la Unión Europea y del Sr. Rajoy que quizás España comience a salir de la recesión en 2014, y que comenzará a disminuir la carga impositiva vía IRPF, serán estos los brotes verdes, o hay que creerse lo negro sobre blanco. También hace un par días se ponía de manifiesto la cifra récord de Paro registrado, y la disminución de cotizantes a la Seguridad Social,  esta noticia es negra, negra sin paliativos.

La audiencia de Sevilla ha puesto en negro sobre blanco, la primera sentencia que condena a un político andaluz y ex miembro del Gobierno de la Junta de Andalucía. Ya era hora que alguien fuera condenado por sus fechorías y mal uso de un puesto público.

Vio  la luz hace unos días, convenientemente maquillado el informe de la Cámara de Cuentas sobre el asunto ERE, y que dejaba en negro sobre blanco, pese a la cirugía estética, la falta de procedimiento y discrecionalidad de las actuaciones, realizadas durante casi 10 años y que han costado la friolera de 1.000 Millones de Euros, y donde también ha habido dinero y manos negras, que se lo ha llevado calentito.

Luego los negros estamos de moda, nuestro hermano Obama, el primer negro en la Casa Blanca, o mas bien "casa negra" por cuatros años mas,  revalidando su política progresista y sensible a las cuestiones sociales, bueno a la americana, donde se invento lo light, no vayamos a echar las campanas al vuelo.

Todos somos negros, es decir los que curramos calladamente, y somos tratados como esclavos por nuestro gobernantes, en esa tradición secular de nuestros mas antiguos gobernantes desde la época de Felipe II, que esquilmaba a la población para financiar sus guerras de religión, y ahora seguimos contribuyendo como negros para rescatar la banca, sanear las cuentas publicas del despilfarro de nuestra extensa casta política y encima soportando importantes recortes de sueldo, los funcionarios, los negros de la administración, no los políticos que son una casta de blancos intocables.

También parece que los dos principales han alcanzado hoy mismo una acuerdo para la modificación legislativa de la normativa hipotecaria y sobre una garantía de los miles de ciudadanos, amenazados de desahucios por el impago de sus hipotecas, como consecuencia dela crisis, asunto ya tratado en en este blog, y aunque de momento solo es un principio de acuerdo en blanco, esperemos que mas pronto que tarde, se convierta en una realidad legislativa, es decir en negro sobe blanco.

La única excepción a estas noticias en negro, es la lamentable perdida, extravió o mangazo a secas por algunos Sres. Diputados del Congreso de sus blancos iPad,  que han pasado al mundo de lo negro por arte de magia y que pretendían que se les sustituyeran por otros nuevos, ya esta bien de cara dura y esquilmar al erario publico, somos negros pero no tontos.

Este otoño se impone el negro, lo clásico nunca muere, viva el negro.

Antonio Urbano Mármol.

jueves, 1 de noviembre de 2012

EL DECRETO SOBRE DESPIDOS EN LAS EMPRESAS PÚBLICAS Y LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA 2013.


El pasado 30 de octubre veía la luz en Real Decreto  1483/2012, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de  contratos y reducción de jornada. La gran novedad que establece este RD viene recogida en  cuanto a normas específicas de los procedimientos de despido colectivo del personal laboral al servicio de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público, hasta ahora no regulado en nuestro país y casi inexistente hasta ahora en el ámbito del denominad sector público empresarial.

Entre los supuestos que se contemplan en esta nueva norma se establecen la causas económicas, considerándose que se justifican dichos despidos (ERE y ERTE), cuando haya existido déficit en el año anterior y que los ingresos (transferencias o aportaciones de la administración) desciendan en un 5% en el ejercicio corriente, o en un 7% en los dos años anteriores.

Tendrán  prioridad de permanencia en el ente, organismo o entidad pública, (no la Administración General) afectado por el procedimiento de despido, el personal laboral fijo que hubiera adquirido esta condición, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, a través de un procedimiento selectivo de ingreso convocado al efecto, es decir el que haya accedido  igual que los funcionarios.

Bueno pues el marco jurídico queda claro, a lo que hay que añadir la auditoria sobre todo el sector público a nivel, nacional, autonómico y local que está desarrollando el gobierno nacional, para detectar duplicidades u organismos o entes ineficientes, y que verá la luz a mediados de año, y que servirá para adelgazar el sector publico en nuestro país.

No obstante la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2013 y el proyectote Presupuestos para la Comunidad Autónoma Andaluza  presentado estos días ante el Parlamento, ya fijan importantes disminuciones en las transferencias y subvenciones de que se nutren estos entes y organismos públicos un 7,7% de media (no la Administración General).

En Andalucía se llevo a cabo una Reordenación de la Administración Pública que supuso la eliminación de un puñado de empresas publicas, fundaciones, organismos, y entes de la mas variopinta naturaleza, mediante la cual se integraron en otros entes y agencias en torno a 26.000 trabajadores o algunos más, contratados laborales, en una amplia casuística de relaciones contractuales y heterogéneo proceso de ingreso y selección.

Posteriormente y como consecuencia de diversos recursos interpuestos por los sindicatos de funcionarios, los tribunales y el TSJA, han venido a declara ilegal los respectivos Decretos de integración de este personal en los organismos que se subrogaban en la relación laboral respecto a estos trabajadores, al no considerarlos personal al servicio de la administración, al contrario que ocurre con los funcionarios y personal laboral y estatutario de la Administración General, donde se han seguido los principios de publicidad, igualdad, merito y capacidad, en su selección.

La Junta de Andalucía en un absoluto desprecio hacía estas sentencias ha seguido manteniéndolos en  nómina, bajo la sui-géneris e imaginativa, sin precedentes en el derecho que regula las relaciones de la Administración con su personal, formula y denominación de “Empleados Públicos Subrogados”, al desmantelarse y suprimirse el conglomerado de empresas y entes de procedencia, supuesto contemplado ahora en el Real Decreto  1483/2012, como causa de despido.

Este personal, del que ni la propia administración tiene de momento información muy clara, en cuanto su número y coste, según las estimaciones que se manejan oscilan en número entre los 26.000 y los 30.000, cifra nada despreciable si se tiene en cuenta que el personal propio de la administración (funcionarios, interinos y laborales) que prestan sus servicios en lo que se denomina Administración General de la Junta de Andalucía en toda las Consejerías, Delegaciones y provincias  escasamente llega a 25.000, ascendiendo el coste laboral de los primeros a casi 3.000 millones de Euros (también según estimaciones).

Con motivo del Plan de Reequilibrio Económico y Financiero, y cumplir con los objetivos del déficit y ajuste, la Junta acometió una importante reducción de sueldos en su personal en 2012, y que mantendrá en 2013, vía eliminación de las pagas extras, reducción del 10% adicional en sueldo y tiempo de trabajo a los interinos, y eliminación de ayudas sociales y complementos retributivos. Posteriormente como consecuencia del recorte general decretado por el Gobierno Central para todo el Estado.
La Junta suspendió alguna de estas mediditas en 2012, para no gravar doblemente a su personal, pero que seguirá aplicando en 2013, pese a que el Gobierno Central ha restituido las pagas extras para los funcionarios en 2013, aunque si aumento salarial y en los mismos términos y cuantías, que fijo el Decreto de Rodríguez Zapatero en mayo de 2010. Como consecuencia de ellos los funcionarios han perdido desde 2010 casi el 30% de su poder adquisitivo, en Andalucía se aumentará dicha pérdida en 2013 en casi un 7% más.

Se ha empleado por la Junta de Andalucía como argumento para realizar los recortes: “garantizar el empleo publico” ¿pero de quienes se está hablando, en realidad no será de  los “Empleados Subrogados”? aunque en la practica han disminuido las contrataciones de sustitución de interinos en sanidad y educación, por  poner algunos ejemplos.

Los Presupuestos para 2013, presentados por la Junta de Andalucía con una reducción global de 30.706 Millones de Euros, y que con pocos cambios pasarán el tramite parlamentario y se convertirán en Ley a final de año, contemplan importantes reducciones de transferencias y financiación hacia los entes y empresas publicas, es decir las contempladas en el RD  1483/2012, además la Consejera de Hacienda, ya ha dejado caer, para quien haya sabido entender, que los presupuestos pretender preservar los servicios públicos y el empleo, ero que posiblemente afecte a la “reducción de interinos”, miedo me dan estas palabras.

La caída de los ingresos y transferencias a lo entes y empresas publicas contempladas en estos Presupuestos, son importantes descendiendo globalmente un 7,7%. En algunos casos como Canal Sur llegan al 27%, en la Empresa Pública de Turismo y Deporte llega al 36%, EPSA un  40% menos, la Agencia de Puertos un 26%, Inturjoven un 36%, la Agencia de la Energía un 54% menos el Ente de Infraestructura y Servicios Educativos un  12%, solo se mantienen los ingresos o suben la Agencia de la Dependencia, Extenda, la Agencia de Obras Publicas y de la del Conocimiento.

Nos encontramos pues ante los supuestos contemplados en el Decreto 1483/2012,  déficit que siempre lo hay y disminución de ingresos, por lo que se podrán iniciar los ERE y ERTE en estas empresas y organismos ¿cual será el siguiente paso?.

En la práctica y de forma silenciosa ya ha comenzado a despedirse a algunos de los trabajadores que formaban parte del entramado anterior a la Reordenación como los que pertenecían a las UTDLT, así como en la EPSA y otros. Conozco algunos casos donde este personal despedido tenía plaza como laboral o funcionario en la Administración General,  no todos, y aunque algunos sin serlo han obtenido rápidas recolocaciones como personal de confianza, por algo lo eran, pero el resto, los de a pié, cuando han solicitado la incorporación han obtenido como respuesta que en estos momentos no hay plaza disponible, a su casa y sin sueldo.

Se puede ver un numero, o muchos, los mimbres están puestos y me temo lo peor, ¿seguirán reduciendo el sueldo a los funcionarios, interinos y laborales, de la administración? para poder pagar las nominas de estos “Empleados Públicos Subrogados” aplicando la táctica de la viuda cuyo hijo no tenia merienda, pero pedía la mitad a cada uno de los allí congregados, para que su niño merendara y bien. No me alegro de que nadie pierda su empleo, aunque el ingreso en la administración, se rige por un procedimiento establecido en la legislación, que ocurrirá con los atípicos casos que engrosan estos 30.000 empleados de empresas, entes etc., donde en 2013 se van a reducir drásticamente las aportaciones de financiación publica., me temo lo peor.

"No sobran tantos funcionarios. Lo que sobran son políticos jugando a funcionarios en destinos de alto cargo, en unos estados de la señorita Pepis, que la endeudada España de 2012 no puede mantener" ( Luis del Val, diario Melilla Hoy, 30 de octubre de 21012)


Antonio Urbano Mármol
Economista y Funcionario por oposición de 2 (Cuerpos de  Gestión Financiera y Superior de Administradores Generales)