Este tema se está convirtiendo en recurrente cada poco tiempo, cuando debería ser algo estable en el tiempo para tranquilidad de todos, las ultimas recomendaciones de Bruselas en el pasado mes de octubre, unido a que la crisis de la economía española, no da respiro y causa estragos sobre el numero de afiliados a la Seguridad Social, que sigue decreciendo de manera alarmante desde 2008, con grave riesgo para el Fondo de Reservas que registró perdidas en 2011 (por primera vez desde 1998) y que ha habido que recurrir a el durante nuevamente en 2012 para compensar determinados desfases ordinarios. Lo anterior unido a que la última reforma de 2011, no pasó de ser una solución a corto plazo y a las voces que abogan por el desmantelamiento o minimización de los sistemas públicos de protección en favor de los privados, al amparo de los vientos liberales que abogan por el adelgazamiento del estado del bienestar, como única causa del déficit público, hacen que este debate vuelva a surgir cada poco, aun cuando no debiera ser así.
Era tan urgente la reforma del sistema de
pensiones español, acometido en 2011, no dudo en que hubiera que hacer algo,
pues los parámetros económicos y demográficos contemplados en los
Pactos de Toledo de 1996 que dan cuerpo a nuestro actual sistema de pensiones
han cambiado sustancialmente, pero ¿se explicaron y comprendieron las
verdaderas causas de la urgencia de esta reforma? cuando el principal problema no era otro que la disminución del número de cotizantes.
Se habló de la necesidad de
reducir el déficit publico, en unos casos auspiciada por el entorno económico europeo,
donde el resto de los países de nuestro entorno están acometieron también
reformas, principalmente en el aumento de la edad legal mínima de jubilación y
otros parámetros de determinan la pensión de los futuros pensionistas, en otros
casos por la exigencia de los mercados y otros organismos como la OCDE, quizás
sobre recomendaciones poco concretas, donde se añaden otros aspectos como la
necesidad de la reforma del mercado de trabajo o la reducción del gasto
publico, como garantías para el pago de la deuda publica y los intereses de la
misma, ante el crecimiento experimentado en la situación de crisis económica en
la que estamos sumidos, donde España es uno de los países de nuestro entorno
que menor muestra de recuperación esta experimentando, mostrando una de las
mayores y mas altas tasas de paro, quizás la causa principal y única, traducida ésta en un menor numero de cotizantes frente a los beneficiarios del sistema.
También se pusieron de manifiesto, como argumentos de la necesidad de la reforma razones de tipo demográfico, ante la tendencia no exclusiva de nuestro país, hacia un envejecimiento de la población y menor proporción de la futura población activa.
También se pusieron de manifiesto, como argumentos de la necesidad de la reforma razones de tipo demográfico, ante la tendencia no exclusiva de nuestro país, hacia un envejecimiento de la población y menor proporción de la futura población activa.
Pero si era necesario reformar el sistema, era tan urgente, o eran más
urgentes otras actuaciones que den credibilidad a la estabilidad económica de
nuestro país, y esta reforma debería hacerse, en caso de ser necesaria, con un debate
sereno y sosegado huyendo de simplificaciones, con propuestas bien explicadas y con visión de largo plazo.
En un informe auspiciado por FEDEA, aparecido en 2010 que firmaban 100 economistas, y que yo también suscribiría en buena parte, se abordaron una serie de cuestiones sobre la Reforma de las Pensiones en España, ente
ellas las de carácter demográfico, las necesidad de la equidad, el periodo
mínimo de cotización a computar, la cuantía de las pensiones mismas lo que se denomina
técnicamente tasa de sustitución, o los mecanismos que garanticen el pago de
las pensiones a los futuros jubilados,
aunque también la necesidad que la reforma del sistema sea complementaria
y coherente con otras reformas como la del mercado de trabajo, pero también
indicando que esta debe hacerse con “tiempo,
calma, conocimiento y oportunidad”, afirmándose que no “deberían repetirse
errores del pasado, si es que los ha habido, y plantearse de forma global” llegando a la conclusión de la necesidad de
elaborar un Libro Blanco que aborde los distintos parámetros que han de
configurar el sistema de pensiones para garantizar el futuro del mismo y
explicarse claramente al conjunto de la sociedad.
Las propuestas planteadas por el gobierno de Rodríguez Zapatero en su momento distaban,
bastante de ser claras y completas, y se centraron básicamente en la urgencia
de dar respuesta las rápida a las recomendaciones externas y necesidad de
tranquilizar a los actores de los mercados financieros, ante las dudas sobre la deuda publica y la solvencia
de nuestro país, lo que se fue traduciendo en el aumento del precio de la deuda
publica.
La reforma acometida giró exclusivamente sobre el aumento de la edad mínima legal de65 a 67 años y del computo
de años para cuantificar la misma de los 15 a 25, en un ejemplo de simplificación pasmosa
del problema y nuevo ejemplo, de improvisación y salir del paso al que ya nos
tienen acostumbrados todos nuestro gobernantes sin distinción de color, como ha quedado demostrado en la recientes e inconclusas reformas del mercado de trabajo, dos consecutivas, sin resultados visibles en el mercado laboral.
También se introdujo cierta flexibilidad en los requisitos, para tener derecho a la jubilación, siempre que hayan cotizado un número mínimo de años que pasaron de los 30 a los 35 para alcanzar la pensión máxima, al final café para todos, tan propio de nuestros gobiernos socialistas , sin consideración de la especial peligrosidad de algunos trabajadores o los años que tengan de cotización los trabajadores pero si en cuanto al aumento del periodo medio de computo, lo que permitirá un ahorro en el gasto de pensiones a medio plazo, que al final se revela como el objetivo, no explicitado, pero si perseguido por el Gobierno, desaprovechando una vez mas la ocasión para realizar una reforma de profundo calado, perdurable y sostenible en nuestro sistema de pensiones.
La reforma acometida giró exclusivamente sobre el aumento de la edad mínima legal de
También se introdujo cierta flexibilidad en los requisitos, para tener derecho a la jubilación, siempre que hayan cotizado un número mínimo de años que pasaron de los 30 a los 35 para alcanzar la pensión máxima, al final café para todos, tan propio de nuestros gobiernos socialistas , sin consideración de la especial peligrosidad de algunos trabajadores o los años que tengan de cotización los trabajadores pero si en cuanto al aumento del periodo medio de computo, lo que permitirá un ahorro en el gasto de pensiones a medio plazo, que al final se revela como el objetivo, no explicitado, pero si perseguido por el Gobierno, desaprovechando una vez mas la ocasión para realizar una reforma de profundo calado, perdurable y sostenible en nuestro sistema de pensiones.
La Gaceta Sindical de CCOO nº. 15
de diciembre de 2010, se publicó un interesante y clarificador trabajo de
Juan Antonio Fernández Cordón que ponía de manifiesto que el cambio demográfico, que supone el envejecimiento de la población
en el futuro horizonte de hasta el año 2048, ni es único de España, y que de
acuerdo con las proyecciones de INE y el
trabajo de Fernández Cordón no altera la
actual tasa de dependencia, por lo que el mayor envejecimiento de la población, podría ser suplida por una mayor tasa de actividad y de empleo, así como con
el aumento de la inmigración en el momento que se empiece a crear empleo
llegando a la conclusión “que la
disminución futura de la población en edad de trabajar no representa ninguna
amenaza para el sistema de pensiones, siempre que aumente el empleo, lo que es
compatible con la evolución proyectada, si problema hay, no es un problema
demográfico” afirma Fernández Cordón, con el que estoy bastante de acuerdo.
Luego quedaron en evidencia que las medidas perseguidas por el anterior
Gobierno, solo pretendían disminuir el gasto en pensiones, por la disminución galopante de las cotizaciones como consecuencia de la crisis. No podemos pensar que la reforma
revistiera una urgencia vital, no obstante quizás barajando las previsiones
a largo plazo y con todos los escenarios
y estimaciones en la mano, habría que
plantearse si el sistema era sostenible en este plazo para hacer frente al
escenario futuro del aumento de población beneficiaria e introducir las
reformas necesarias con la mayor claridad y consenso entre todos los agentes
sociales, este pues debiera haber sido el marco de la reforma y de los ajustes
necesarios, sin urgencias y con rigor, cobrando vigor el dicho “vísteme
despacio que tengo prisas” aunque tampoco las había, al menos en lo tocante a las pensiones.
Los países de nuestro entorno con
sistemas de protección social publico, han abordado o están abordando reformas
con idéntico objetivo, en algunos casos ampliando la edad legal como en Francia hasta los 62 años, Alemania y Austria han pasando de los 65 a los 67 años . No obstante
en Bélgica e Italia la edad legal está situada actualmente en 65 años pudiendo
acceder a la jubilación a partir de los 60 años siempre que se tengan 35 años
cotizados, en este mismo sentido en Francia se exigen 40 años lo que irá en
aumento hasta los 41,5 coincidiendo con el aumento de la edad producido. Otros
países como Chipre, Grecia, Holanda,
Irlanda, Luxemburgo y Portugal tienen actualmente una situación similar a la de
España, de lo que podemos concluir que la edad legal actual existente en
nuestro país, no es diferente ni inferior a la del resto de los países, mas bien se sitúa en un
termino medio, por lo que quizás no sea este el único elemento sobre el
que haber hecho pivotar la reforma acometida. Dándose al mismo tiempo, una extraordinaria tolerancia hacia las prejubilaciones en edades próximas a los 50 años, cosa que resulta sorprendente por su coste publico o privado.
Además de las medidas de reforma puestas en
marchas por los países anteriores, en exclusivamente en cuanto aumento de la
edad legal, existen otra batería de medidas, y que se enumeran en el Informe de
FEDEA, y que están siendo puestas en marcha por algunos países: aumento del
numero de años para el calculo de la base reguladora, aumento del numero de
años cotizados para acceder a la pensión completa (actualmente en España 30
años), revisión del mecanismo de indexación, incentivos a la permanencia
contributiva en el sistema, reducción de la tasa de reemplazo ( es decir el
porcentaje de la pensión efectiva sobre la base reguladora (que actualmente se
sitúa en España en el 80%) , otros cambios mas radicales son aquellos que
abogan por sustitución del sistema actual de prestación definida por un sistema
de contribución definida ( Hungría y México) o un sistema de cuentas nocionales
(Italia, Polonia o Suecia), o incluso sustituir en parte el sistema de protección públicos por los planes privados, idea muy perseguida por el insaciable sector financiero.
A mi juicio, el futuro escenario del sistema de pensiones, dentro del modelo publico de garantía y redistributivo, que inspira al establecido en
nuestro país, desde hace años y que debiera seguirlo siendo, y la reforma a acometerse en el largo plazo debería hacerse entre un
mix de variables, pero salvaguardando los principios inspiradores que rigen el
actual sistema, consagrados en la legislación y el Pacto de Toledo de 1994.
En la medida que se avance en determinados extremos como los que últimamente cobran peso en el debate, nos alejaríamos del modelo público para aproximar su funcionamiento al modelo privado, por el cual obviamente abogan algunos de los agentes que presionan, lógicamente para establecer un modelo privado, en su propio beneficio como gestores privados de planes de pensiones.
En la medida que se avance en determinados extremos como los que últimamente cobran peso en el debate, nos alejaríamos del modelo público para aproximar su funcionamiento al modelo privado, por el cual obviamente abogan algunos de los agentes que presionan, lógicamente para establecer un modelo privado, en su propio beneficio como gestores privados de planes de pensiones.
En está opinión se encuentran quienes estiman
que habría que disminuir la tasa de reemplazo actual (80%), considerándola mas
generosa que en otros países, pues bien hemos visto como la pensión media de
jubilación asciende en 2010 a
881, 35 Euros, cifra que se sitúa, algo por encima, pero no muy distante del
Salario Mínimo español (739 euros).
Con una perspectiva mas amplia también en comparación con los países de nuestro entorno podemos ver como este salario mínimo en España se sitúa en una zona media pero en el tramo inferior a la misma según los datos de EUROSTAT (Oficina Estadística de la Unión Europea), mientras que este en países como Holanda asciende a 1408 Euros, 1344 en Francia, 1076 en Gran Bretaña, por poner algunos ejemplos, siendo también mas alto el nivel salarial, mientras que el coste de vida no difiere en exceso entre estos países y el de España.
Con una perspectiva mas amplia también en comparación con los países de nuestro entorno podemos ver como este salario mínimo en España se sitúa en una zona media pero en el tramo inferior a la misma según los datos de EUROSTAT (Oficina Estadística de la Unión Europea), mientras que este en países como Holanda asciende a 1408 Euros, 1344 en Francia, 1076 en Gran Bretaña, por poner algunos ejemplos, siendo también mas alto el nivel salarial, mientras que el coste de vida no difiere en exceso entre estos países y el de España.
La reforma del sistema
debería haberse abordado con un conocimiento completo de todas las variables que
intervienen y sus proyecciones futuras, con la participación mas amplia posible
de agentes sociales y expertos, y no partiendo de visiones y premisas
preconcebidas o de propuestas parciales, escasamente solventes y poco explicadas,
como el exclusivo aumento de la edad legal de jubilación.
Algunas de las variables que deben ser
consideradas ¿por que no ir hacia un modelo flexible, en cuanto a la edad mínima legal a partir de los 60 años de forma voluntaria?, siempre que se reúnan
unos requisitos previos por ejemplo 40 años de cotización, ampliando la
base de calculo, con
cambios si es necesario del método de indexación, e incluso introducir parcialmente un sistema de cuenta de capitalización, y primando la permanencia
voluntaria en el mercado de trabajo a partir del cumplimiento de estos
requisitos, no permitiendo las generosas jubilaciones con fondos públicos,
de cualquier procedencia, de determinados colectivos. Estas medidas contribuirían a la entrada en el mercado de trabajo de jóvenes y de la importante población
en edad de trabajar, y de aquellos activos que se encuentran en situación de
paro, de manera extraordinaria en España entre la población juvenil.
Debería y debe huirse siempre en estos temas, de
urgencias no justificadas, y haberse revisado solo justamente necesario del
sistema, pero con pies de plomo, pues las prisas no son buenas consejeras ni
gobernantes, y no haber actuado con
medidas de parcheo y para salir del paso, que requieran una posterior revisión
en el corto y medio plazo, una nueva ocasión perdida y una tarea pendiente y sujeta siempre a la insaciable presión de intereses no tan legítimos como son los gestores privados y sus ramificaciones en la banca internacional.
Nota: En estas lineas actualizo la opinión mantenida hace casi 2 años con motivo del debate de la reforma acometida en 2011.
http://www.diariodesevilla.es/article/opinion/880636/la/reforma/las/pensiones.html
, Economista
y Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de
Andalucía
http://www.cosasdeandalucia.com/web/index.php/tribuna-libre/3054-la-reforma-del-sistema-de-publico-de-pensiones-una-oportunidad-perdida-y-una-tarea-pendiente.html
Antonio Urbano Mármol
Antonio Urbano Mármol
Economista, Investigador y Profesor Honorario de la Universidad de Sevilla.
Máster en Alta Dirección de Instituciones Sociales por el Instituto Internacional San Télmo.
Diplomado en Procesos y Planificación del Desarrollo (ILPES, CEPAL, IEHA)
Diplomado en Procesos y Planificación del Desarrollo (ILPES, CEPAL, IEHA)
Funcionario de los Cuerpos de Gestión Financiera y del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía.
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