sábado, 28 de junio de 2014

La nueva tributación de las indemnizaciones por despido

En días previos a la presentación de la reforma tributaria anunciada "que no explicada" por no llamarla operación de maquillaje electoral ,"que es en lo que consiste" me pronuncie sobre lo que se conocía de la misma, y lo hacia señalando que la nueva reforma fiscal de la cual ya se han anunciado algunas pinceladas, por un lado habría que prestar atención a los informes del Banco de España, del FMI , la Comisión de Expertos,  la Comisión Europea, y la OCDE, ya al mandato constitucional de contribuir de acuerdo con la capacidad de renta, no parece lógico que la presión impositiva directa siga recayendo mayormente sobre las rentas salariales y se atenúe la presión en los tramos mas altos, donde además existen fuertes bolsas de evasión de impuestos vía figuras de ingeniería financiera, SICAV , fundaciones etc. en detrimento de la imposición indirecta, es decir sobre el consumo.

Que habría que prestar atención a las recomendaciones que ratifican que nuestro país soporta una menor carga impositiva indirecta ( IVA), que el resto de nuestro entorno, parece lógico que la reforma pivote sobre la imposición indirecta, pero también se persiga por parte de la inspección las grandes bolsas de fraude tanto en la imposición indirecta como en las rentas que todavía escapan al control del fisco, y reducir los tipos en las rentas bajas y medias, de forma que no se asfixie mas aun a aquellos que ya se retratan y cumplen.

Esto no solo permitiría paliar el déficit público, si no aumentar la capacidad de consumo y de los trabajadores, ya castigados por las bajadas salariales sino por el aumento de las cargas impositivas que soportan y grabar las mayores capacidades de consumo, normalmente de las rentas mas altas. El empobrecimiento de las clases trabajadores y medias no ayuda en modo alguno al crecimiento económico, y se ha constado ya como una ineficiencia del sistema, que hay que corregir con medidas políticas como una adecuada y justa política impositiva, ¿se acertará con esta ??

Sin embargo se desconocía  todavía el alcance de  determinadas novedades como una nueva modificación en la tributación sobre las indemnizaciones por desempleo, que han corrido por la red como un horror y una desgracia mas para los que se quedan sin empleo, sin que nadie se haya parado a analizar y explicar a quienes les afectará.



Conviene tener en cuenta que antes de la reforma laboral de 2012, el limite exento estaba en los 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades, a partir de hay el exceso de indemnización si tributaba, con la reforma quedo exenta la indemnización por despido objetivo de 20 días por año y la inferior a 33 días (nueva para el despido improcedente, siempre y cuando se produjera ante la autoridad laboral, para evitar los pactos entre despedido y antiguo empleador y el limite de mensualidades se redujo a 12 y 24 mensualidades respectivamente . La nueva formula que establece esta chapucera reforma, lo único que cambia es establecer que las indemnizaciones superiores a 2.000 Euros por año trabajado, no estarán exentas. 


Si tenemos en cuenta los salario medios en nuestro país se sitúa en 22.726 Euros años, lo que representa un salario por 33 días de 2.083 Euros, que seria la correspondiente a los 33 días por año de indemnización en caso de despido improcedente, la mas favorable, quizás podamos tener mas claro que el impacto de esta nueva formula, sea absolutamente minoritaria, teniendo en cuenta además que el tramo salarial anual mas frecuente apenas llega a los 16.000 Euros anuales lo que representa una indemnización en torno a los 1.300 Euros por año trabajado , mientras que el salario mediano, es decir aquel que sitúa al 50% de los trabajares por encima y o por debajo es de 19.000 Euros anuales, 

En consecuencia esta nueva formula solo afectará a las indemnizaciones mas altas, en caso de despido improcedente para sueldos superiores a 21.800 Euros anuales, y en particular las indemnizaciones de blindaje que reciben los altos directivos, esas suculentas indemnizaciones que tanto nos escandalizan y que pactan los altos directivos de la banca y grandes empresas, normalmente acompañadas de también generosas prejubilaciones. 

No estoy de acuerdo con esta chapucera reforma, pero posiblemente este aspecto no sea uno de sus desaciertos. Un poco de rigor y mejor informarse antes tocar a arrebato.

Por ultimo señalar también  que pese a que se supone que esta nueva formula o modificación ha entrado en vigor el pasado 20 de junio, parece que el debate sigue abierto y no se descartan modificaciones ante determinadas presiones a las que se ha sumado hasta los sindicatos, paradójicamente en este caso, pues a la vista del impacto solo afecta los sectores mas elevados salarialmente, quizás solo por hacer también ruido, y se ha oído que la exención quedaría solo para indemnizaciones que no superasen los 100.000 euros, me pregunto si ¿realmente lo tenia claro el Gobierno antes de anunciar la medida y su entrada en vigor?

Si finalmente se cambian los mínimos exentos anunciados de 2.000 Euros por mes de indemnización, medida que insisto no tendrá gran alcance para la mayoría de los trabajadores y se introduce el tope de los 100.000 Euros de indemnización total, lo que resulta que para un máximo de 24 mensualidades, exentas tras la reforma de 2012, supondría elevar la indemnización por mes a 4.166 Euros, de menor impacto recaudatorio todavía dado el escaso porcentaje de trabajadores a los que afectaría, incluso en el caso que dicha cantidad correspondiese a 33 días por año en los despidos improcedentes, cabria plantearse que sentido tenia tocar los limites ya fijados en la anterior normativa y ya conocidos. Lo que demostraría también que esta anunciada reforma fiscal, no es nada mas que una operación de maquillaje electoral y una nueva ocasión perdida. Para este viaje no hacen falta alforjas.

http://economia.elpais.com/economia/2014/06/27/actualidad/1403900411_428109.html

http://www.ine.es/jaxi/menu.do?type=pcaxis&path=/t22/p133&file=inebase

http://trabajo.excite.es/el-sueldo-medio-vuelve-a-bajar-en-espana-y-se-situa-en-los-22-725-euros-N42587.html



Antonio Urbano Mármol
Economista,  Investigador y Profesor Honorario de la Universidad de Sevilla. 
Máster en Alta Dirección de Instituciones Sociales por el Instituto Internacional San Télmo.
Diplomado en Procesos y Planificación del Desarrollo (ILPES, CEPAL, IEHA)
Funcionario de los Cuerpos de Gestión Financiera y del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía.

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